Conclusión

 Conclusión


Educación especial es aquella destinada a alumnos con necesidades educativas especiales bebidas a superdotación intelectual o discapacidades psíquicas, físicas o sensoriales. La educación especial en sentido amplio comprende todas aquellas actuaciones encaminadas a compensar dichas necesidades, ya sea en centros ordinarios o específicos.
Aunque la atención educativa a deficientes sensoriales (generalmente auditivos y visuales) se viene prestando desde el siglo XVI la adopción legal del término educación especial es reciente viniendo a sustituir a otros aún vigentes en ciertos países de Hispanoamérica como defectología que tienen evidentes connotaciones negativas.
En los últimos años del siglo XX se ha propuesto en otros países la sustitución del término educación especial por el de necesidades educativas especiales siguiendo las recomendaciones del informe Warnock, publicado en 1978 y difundido a lo largo de la década siguiente. Esta nueva definición supone hacer énfasis en la concepción de la educación básica como un servicio que se presta a la ciudadanía para que alcance sus máximas potencialidades y por tanto en la obligación del sistema de proporcionar apoyos y medios técnicos y humanos para compensar los déficits del alumnado en el acceso a los aprendizajes básicos imprescindibles para afrontar la vida adulta.




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